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El bloque de concejales del PJ propone una nueva ordenanza sobre publicidad electoral estática

El bloque de concejales del PJ propone una nueva ordenanza sobre publicidad electoral estática
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El Bloque del Partido Justicialista en el Concejo -que integran Gustavo Lamberto, Martín Luna y Huga Basignana- presentó un proyecto de ordenanza que busca «derogar y formar una nueva legislación en lo referente a la publicidad electoral», teniendo en cuenta que la normativa vigente «N° 1545 data del año 1991». El proyecto fue presentado en la última sesión y pasó a concejo en Comisión para el análisis de todo el cuerpo legislativo.

Luna planteó que «como bloque buscamos actualizar la publicidad de campaña a la actualidad, pasaron treinta años desde la última ordenanza y debemos adaptarnos a la nueva realidad y que la dirigencia política dé el gran gesto de acompañar el esfuerzo de todos los ciudadanos en esta época tan compleja«.

Es así que en los considerandos exponen que «en el año 2021 tenemos medios de comunicación no contaminantes para el medio ambiente que reemplaza a los anteriores tradicionales como todo tipo de cartelería, pasacalles y afiches», agregando que «sería de gran utilidad y beneficio que los partidos políticos donen a diferentes ONG, los gastos que significaría una campaña publicitaria electoral masiva«.

En su articulado la nueva normativa «propone prohibir el pintado de leyendas partidarias en propiedades particulares no hayan dado consentimiento, o en muros que pertenezcan al Estado», como así también impide «el anexo de toda publicidad electoral estática en el ejido urbano y en los accesos, en los espacios y construcciones públicas, y en el caso de que no se cumpla esta normativa, se procederá a destruir o reciclar para otro fin (por ejemplo ONGs) esos carteles. También se prohíbe el pegado de afiches con leyendas partidarias es espacios públicos».

Respecto a la publicidad rodante con cartelería, estará permitida de 8 a 19hs.; y con sonido, de 16 a 19hs.; mientras que se autoriza la colocación de banners móviles y publicidad en pantallas LED ya instaladas, siempre que las mismas no dificulten por su ubicación la visibilidad para la circulación.

También se prevé una sanción a los infractores que está tipificada en la ordenanza impositiva vigente.

Por último, la normativa invita en su art. 7 a «todos los partidos políticos de la ciudad a crear un fondo común con el dinero destinado a la publicidad electoral estática, la que será donada a instituciones sin fines de lucro».

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