Convocatoria a asamblea de la Mutual de Afiliados y Adherentes del SOEM Gálvez
MUTUAL DE AFILIADOS Y ADHERENTES DEL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE GALVEZ
A S A M B L E A G E N E R A L O R D I N A R I A
C O N V O C A T O R I A
Señores socios:
El Consejo Directivo de la Mutual de afiliados y adherentes del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Gálvez, convoca a los señores asociados a la asamblea general ordinaria que se llevará a cabo el día Miércoles 24 de Noviembre de 2.021, a las 20:00 horas, en la sede de la Mutual de afiliados y adherentes del Sindicato de Obreros y Empleados Mmunicipales, sita en Silvio Arcas 48 de la ciudad de Gálvez, para tratar el siguiente:
O R D E N D E L D I A
1º) Designación de dos socios (02), para que conjuntamente con el Sr. Presidente y el Sr. Secretario aprueben y suscriban el acta de la asamblea.
2º) Lectura y consideración de la Memoria, Balance General, cuadro de Gastos y Recursos, Anexos, Notas e informes del Auditor y del Órgano fiscalizador, Proyecto de Distribución de los Excedentes, del ejercicios cerrados el 31/08/21
3º) Renovación de autoridades por finalización de mandatos.
DE NUESTROS ESTATUTOS
ARTICULO 33º: Para participar en la Asamblea y actos eleccionarios es condición indispensable: A) ser socio activo, B) presentar carnet oficial, C) estar al día con tesorería, D) no hallarse purgando sanciones disciplinarias, E) tener como socio seis meses de antigüedad.
ARTICULO 37º: El quórum para poder sesionar en las Asambleas será de la mitad más uno de los socios con derecho a voto. En caso de no alcanzar ese número a la hora fijada podrá sesionar válidamente treinta minutos despues con los asociados presentes, cuyo número no podrá ser inferior al de los miembros del Consejo Directivo y Junta Fiscalizadora.
F I S C A L I Z A C I O N
Las resoluciones de la Asamblea se adoptarán por la mayoría de la mitad más uno de los asociados presentes, salvo los casos de revocación de mandatos contemplado en el Art. 16 y los que el presente Estatuto establezca una mayoría superior, la Asamblea no podrá considerar asuntos que no estén incluidos en el orden del día.