La Cooperativa Eléctrica convoca a la Asamblea Electoral de Distrito

La Cooperativa Eléctrica convoca a la Asamblea Electoral de Distrito
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COOPERATIVA ELÉCTRICA DE GÁLVEZ LTDA.
ASAMBLEA ELECTORAL DE DISTRITO

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos Nº 47 y siguientes del Capítulo V del Estatuto Social, el Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica de Gálvez Ltda. convoca a Asamblea Electoral de Distritos, que se realizarán el día 26/03/2020 a las 19 horas, en todos los Distritos de la Cooperativa, para elegir Delegados Titulares y Suplentes, que representarán a los asociados en la Asamblea General Ordinaria correspondiente al ejercicio económico-financiero cerrado el 3l de Diciembre de 2019 y que durarán en sus cargos hasta la siguiente Asamblea Ordinaria, de acuerdo a los distritos y lugares de reunión que se discriminen:

DISTRITO Nº 1:

Asociados domiciliados en la zona urbana del Oeste, Noroeste, parte del Norte, Suroeste y parte del Sur de la ciudad; a considerar desde el vértice Sureste de este distrito: Intersección de Silvio Arcas y Bv. Argentino, por este último hace todo el linde Sur, hasta el fin del ejido urbano en la calle Méjico; desde esta esquina, toda la calle Méjico hace su límite Oeste, hasta la intersección con Juan de Garay, y desde allí toda esa calle Juan de Garay hace su límite Norte, hasta su intersección con la Av. 20 de Junio, pero ninguna de las veredas de esta avenida pertenece a este distrito; y desde la intersección de Av.20 de Junio, la línea vuelve a dirigirse al Oeste, por calle Antonio Ballaris (ex Granaderos de San Martín), hasta su intersección con la calle Yapeyú, siguiendo por esta calle (incluyendo a ambas veredas), hasta su intersección con calle San Martín, dirigiéndose nuevamente hacia el Norte, hasta dar nuevamente con calle Antonio Ballaris(ex Granaderos de San Martín)hasta Av. 9 de Julio, el límite recorre esta calle hacia el Sur hasta su intersección con las vías del ferrocarril N.C.A. (ramal Rosario–Rafaela), y desde aquí se continúa por la línea que forma dicha vía ferroviaria, hasta su intersección con Av. Jorge Newbery, desde donde la línea se dirige hacia el Este, formando este distrito exclusivamente la vereda Sur, hasta su intersección con Av. Silvio Arcas; desde donde la línea sigue por esta avenida, exclusivamente formando este Distrito su vereda Oeste, hasta cerrar el límite del distrito en su intersección con Bv. Argentino. Como ejemplo: están comprendidos en esta zona los llamados Barrio Ideal, Altos del Norte, y la parte Oeste del Barrio La Florida.- La Asamblea se realizará en las instalaciones del Ceci B.B.C. ubicado en calle Pedro Ceci Nº 1050, de esta ciudad de Gálvez.

DISTRITO Nº 2:

Asociados domiciliados en la zona media y central del área urbana de la ciudad, comprendida entre el Noreste de las vías del ferrocarril N.C.A. (ramal Rosario–Rafaela) desde su intersección con Av. Jorge Newbery hasta su intersección con Av.9 de Julio, por esta (sin que ninguna vereda conforme este Distrito) hasta su intersección con Granadero Baigorria; desde aquí hacia el Norte por San Martín hasta su intersección con calle Yapeyú, desde esta esquina, el límite recorre toda calle Yapeyú, pero ninguna de sus veredas conforma este Distrito, hasta su intersección con calle Antonio Ballaris (ex Granaderos de San Martín), pero ninguna de sus veredas conforma este Distrito, hasta su intersección con Av. 20 de Junio; y desde esta esquina, toda la Av. 20 de Junio (pero ninguna de sus veredas conforma este Distrito) hasta la intersección con Av. Jorge Newbery; y desde allí, toda la vereda Norte de Av. Jorge Newbery hasta las vías del Ferrocarril. A modo de ejemplo: están comprendidos en esta zona todos los vecinos domiciliados en la zona Centro, Capitán Bermúdez, Sarmiento, y parte de los Barrios: Anastasio Arana, Altos del Norte, Santa Margarita, y Tropezón. La Asamblea se realizará en el salón del Teatro Municipal Marconi, de calle Belgrano Nº 662 de esta ciudad de Gálvez.

DISTRITO Nº 3:

a) Asociados domiciliados en toda la zona Este del área urbana de la ciudad, comprendida desde Avda. 20 de Junio en ambas veredas, y Silvio M. Arcas (exclusivamente su vereda Este), en toda su extensión hacia el Este de la ciudad dentro del ejido urbano, y hasta el extremo Norte de Av. 20 de Junio y el extremo Sur de Silvio Arcas. Como ejemplo: están comprendidos en esta zona los Barrios Urquiza, Progreso, Pedroni, y la parte Este de los Barrios Tropezón, Santa Margarita y Florida.- Y b) Asociados domiciliados realmente en los distritos rurales de Gálvez, Campo Piaggio, Arocena, San Eugenio y Loma Alta, o con conexión eléctrica rural en dichos distritos y que no estén domiciliados realmente en los distritos N° 1, 2 y 3.- La Asamblea se realizará en las instalaciones del Club Deportivo J. Newbery, ubicado en Avda. J. Newbery Nº 151 de esta ciudad de Gálvez.

Para considerar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1º) Designación de dos (2) asociados para suscribir el acta de la Asamblea Electoral de Distrito.
2º) Elección de la Mesa Escrutadora compuesta por cinco (5) Asociados.
3º) Elección de Delegados Titulares y Suplentes en la forma que se indica a continuación:

a) Distrito Nº 1: 34 Titulares y 34 Suplentes.
b) Distrito Nº 2: 49 Titulares y 49 Suplentes.
c) Distrito Nº 3: 41 Titulares y 41 Suplentes.

 

Horacio Sala                                                                       Héctor Colussi
Secretario                                                                              Presidente

 

DE LOS ESTATUTOS

ARTICULO Nº 38:
La elección de los miembros del Consejo de Administración, órganos de fiscalización y de los suplentes se hará en votación secreta y a simple mayoría de votos, conforme al siguiente procedimiento: a) Dentro de los treinta días de cerrado el ejercicio social, el Consejo pondrá a la vista, en la sede de la entidad, una nómina de los asociados que estén en condiciones de ser electos al cierre del ejercicio. b) Hasta un (1) mes antes de la celebración de la asamblea podrán presentarse a la Cooperativa, por duplicado, las listas de asociados que se propongan para cubrir los cargos a renovar; y hasta diez (10) días antes de la celebración de la asamblea podrán fusionarse listas exclusivamente con candidatos de las listas presentadas y cumpliendo la formalidad antes indicada. c) Cada lista será auspiciada por no menos de treinta (30) asociados que reúnan las condiciones establecidas por este Estatuto para ser electo. La firmarán los asociados proponentes. Los asociados propuestos manifestarán por escrito su conformidad con la inclusión en las listas y contraerán el compromiso de asumir los respectivos cargos si fueran electos. d) Se votará por lista, pero el cómputo de votos se practicará por candidato. Los asociados votantes podrán testar candidaturas practicando el reemplazo pertinente solamente por candidatos que hubieran sido propuestos en las demás listas oficializadas. e) Si hasta la expiración del período establecido no se presentara ninguna lista, el Consejo de Administración confeccionará una que se considerará oficializada. Deberá contar con la conformidad escrita de los candidatos y el compromiso de asumir los respectivos cargos. f) A los fines de la realización del acto eleccionario la asamblea designará una comisión receptora y escrutadora de votos de cinco (5) miembros, pasándose luego a cuarto intermedio para proceder a la votación. Finalizada ésta, los miembros de la Comisión completarán su cometido y labrarán un acta que contendrá el número de votos obtenidos por cada candidato y el resultado final. Después de leída el acta que habrán suscripto los miembros de la Comisión, serán proclamados de inmediato los electos.

ARTICULO Nº 47:
“Las Asambleas Electorales de Distrito se reunirán al solo efecto de elegir delegados. El asociado ejercerá sus derechos electorales en el distrito donde tenga su domicilio real; si se domiciliara fuera del ámbito territorial de la Cooperativa, deberá comunicar con una anticipación no menor de quince días a la fecha de cierre del ejercicio económico, a que distrito concurrirá,…”

ARTICULO Nº 50:
Cada asociado deberá solicitar previamente a las Asambleas Electorales de Distrito una tarjeta credencial expedida por la Administración de la Cooperativa conforme al padrón electoral de asociados, en la que constará su nombre y que lo habilitará para participar de la Asamblea con voz y voto. El certificado o tarjeta credencial podrá expedirse durante la celebración de la Asamblea. Antes de tomar parte en las deliberaciones el asociado deberá firmar el libro de asistencia.

ARTICULO Nº 51:
Las Asambleas Electorales de Distrito serán presididas por el consejero que designe el Consejo de Administración, el cual será asistido por un secretario “ad hoc”, designado también por el Consejo de Administración de entre los asociados del distrito; el nombramiento de este Secretario también podrá ser delegado al Consejero encargado de presidir la Asamblea Electoral de Distrito. El secretario “ad hoc” será encargado de labrar el acta respectiva, que suscribirá conjuntamente con el presidente de la Asamblea y dos asociados designados al efecto por la misma. Además del presidente para la Asamblea Electoral, el Consejo de Administración designará un suplente primero y un suplente segundo, de entre los Consejeros Titulares o Suplentes, que reemplazarán, por su orden al presidente, en caso de ausencia o impedimento.

ARTICULO Nº 52:
Las Asambleas Electorales de Distrito se celebrarán en el lugar, día y hora que fije la convocatoria, siempre dentro del ámbito de la ciudad de Gálvez, pero tratando en lo posible que el lugar esté ubicado dentro del propio distrito electoral. La Asamblea se realizará válidamente, cualquiera sea el número de asistentes, una hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los asociados del distrito correspondiente.

ARTICULO Nº 53:
En todo lo que sea pertinente se aplicarán las disposiciones relativas a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, que pasarán a llamarse a partir de la formación de Distrito, Asambleas Generales de Delegados, ordinarias o extraordinarias, según el caso; y en especial se aplicarán las disposiciones relativas a previa oficialización de listas de candidatos, formalidades a cumplir, sistema electoral, votos por poder, oficialización de listas por el Consejo de Administración y comisión escrutadora.

SE ACLARA QUE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN HA DISPUESTO QUE LA VOTACIÓN DEL ACTO ELECCIONARIO SE PROLONGUE HASTA LAS 21 HORAS SI LA ASAMBLEA SE REUNIERE EN PRIMERA CONVOCATORIA Y HASTA LAS 22 HORAS SI LA ASAMBLEA SE REUNIERE POR FALTA DE NUMERO, UNA HORA DESPUÉS, SEGÚN LO PRESCRIPTO EN EL ARTICULO 52 DE LOS ESTATUTOS.

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