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El Municipio de Gálvez adhirió al decreto provincial y desde mañana es obligatorio el «barbijo social»

El Municipio de Gálvez adhirió al decreto provincial y desde mañana es obligatorio el «barbijo social»
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El intendente Mario Fissore firmó el Decreto N° 5132 que adhiere a la medida adoptada por el Gobierno de la Provincia que «regula el uso del «Barbijo Social» en todo el territorio santafesino», y establece que la normativa «será de aplicabilidad en el territorio de la ciudad de Gálvez a partir de las 0:00 del día 17 de abril».

La normativa en cuestión fue rubricada en la mañana de este jueves y en sus considerandos también señala que «existe consenso científico en que, una de las principales características del CORONAVIRUS COVID-19, es su alta capacidad de transmisibilidad y de contagio, la que está presente aún en personas que, contagiadas del virus, son asintomáticas».

Asimismo se destaca que «a través de la Junta de Defensa Civil, la Ciudad de Gálvez, ha adherido y acompañado cada una de las medidas y normativas adoptadas por los niveles superiores de gobierno».

 

GALVEZ, 16 de Abril de 2020.-

DECRETO   Nº 5132

VISTO:

El Decreto N° 347/20, a través del cual el Gobierno Provincial regula el uso del “Barbijo Social” en todo el territorio santafesino, y;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Junta de Defensa Civil, la Ciudad de Gálvez, ha adherido y acompañado cada una de las medidas y normativas adoptadas por los niveles superiores de gobierno.

Que existe consenso científico en que, una de las principales características del CORONAVIRUS COVID-19, es su alta capacidad de transmisibilidad y de contagio, la que está presente aún en personas que, contagiadas del virus, son asintomáticas.

Que, dada la gravedad de esta pandemia, es necesario aceptar minuciosamente cada medida adoptada y aplicarla bajo los mismos parámetros que establecen las normativas superiores.

Que, a fin de no generar una situación caótica en la búsqueda y consecución de barbijos sociales por parte de la comunidad, se considera importante dar un plazo de un día para la implementación de la medida.

Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias, el Sr. Intendente Municipal;

DECRETA

Art. 1°).- ADHERIR en su totalidad al DECRETO PROVINCIAL N°347/20.

Art. 2°).- Los alcances de la citada normativa serán de aplicabilidad en el territorio de la Ciudad de Gálvez, a partir de las 00:00 horas del día 17 de abril de 2020.

Art. 3°).- COMUNIQUESE. PUBLIQUESE. REGISTRESE. ARCHIVESE.-

 

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