Anuncio

Seleccionar página

Perotti dio a conocer las nuevas restricciones que se aplicarán a partir del próximo lunes y hasta el 25 de junio

Perotti dio a conocer las nuevas restricciones que se aplicarán a partir del próximo lunes y hasta el 25 de junio
Anuncio

El gobierno de la provincia de Santa Fe dispuso una serie de restricciones con vigencia a partir de este sábado 12 de junio en contra de la propagación del coronavirus. En general, se optó por mantener la limitación de la circulación, el horario y la modalidad de atención de bares y locales comerciales durante este fin de semana. Pero, a partir del lunes y hasta el próximo 25 de junio, se establece la apertura de locales en shoppings y la actividad deportiva que no sea de contacto, entre otras actividades.

Respecto a las clases presenciales, la ministra de Salud, Sonia Martorano, dijo que toda la provincia está por encima de los 500 casos cada 100.000 habitantes y eso no permite volver a la presencialidad. Esa situación es aún más crítica en los departamentos La Capital, Rosario y San Lorenzo.

El fin de semana

Para este fin de semana, rige la restricción a la circulación vehicular en toda la provincia. Sólo podrán circular quienes cumplan actividades autorizadas o esenciales dispuestas en el DNU del Poder Ejecutivo Nacional y quienes estén debidamente justificados por una situación de fuerza mayor (asistencia médica, turno de vacunación, cuidado de personas). Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial Coronavirus Santa Fe o la app Covid19-AR

Para el sábado y el domingo las actividades comerciales autorizadas entre las 6 y las 18 son:

– supermercados mayoristas y minoristas; – comercios de proximidad de venta de alimentos e higiene personal y limpieza; – farmacias; – ferreterías; – veterinarias; – provisión de garrafas.

Con factor de ocupación de la superficie destinada a atención del público que no supere el treinta por ciento (30%).

Los locales gastronómicos deberán desarrollar la actividad sin la concurrencia de comensales y sólo en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que se realicen en locales de cercanía.

Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre de quienes no convivan en el mismo domicilio.

Medidas vigentes entre el 14 y el 25 de junio

* Comercio Mayorista y Comercio Minorista. Venta de mercaderías / con atención al público. Se amplía el horario de la actividad del comercio mayorista y comercio minorista, con atención al público en los locales, todos los días de la semana hasta las diecinueve (19) horas. El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).
* Queda habilitada la actividad de los locales comerciales ubicados en centros y paseos, en modalidad galería; cumplimentando las reglas generales de conducta, prevención y los protocolos establecidos, hasta las diecinueve horas (19hs).
* Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 06hs y las 19hs.
* En todo el territorio provincial queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06hs hasta las 20hs. A partir de las 20hs y hasta las 06hs del día siguiente sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales.
* Quedan exceptuados de la restricción:
* Quienes cumplan con su actividad laboral
* Quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas )
* Actividades recreativas: Sólo bajo modalidad entrenamiento, al aire libre y sin superar las 10 personas, se habilita la actividad de clubes, gimnasios, natatorios y otros establecimientos afines. Continúa suspendida la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales. Continúan suspendidas las actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.
* Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados.
* Se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios y Comunas de la Provincia, a priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible.
* Suspensión de las siguientes actividades:
* Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros,;
quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.
* Actividad inmobiliaria y aseguradora, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
* Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, actividades de las obras sociales y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial; deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo; sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
* Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.

 

GH PLAY

Cargando...

Banner Quaranta

Banner Collage

czerweny.ar

PUBLICITE AQUÍ