Oficializaron cuáles son las nuevas actividades exceptuadas de la cuarentena

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Entre ellas se encuentran los servicios de cobranzas, la atención médica y odontológica programada, ópticas, laboratorios de análisis clínicos y procesos industriales específicos.

 

El gobierno nacional difundió la decisión administrativa en la que amplía el número de actividades exceptuadas de la cuarentena, en el marco del acuerdo con las provincias para flexibilidad gradualmente la cuarentena.

La resolución lleva las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Salud, Ginés González García.

Entre las actividades se listan establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, que deberán atender al público con turnos previos y la actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.Además, se liberó la “venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio”.También quedaron exceptuados la atención médica, la atención odontológica (prácticas de emergencia o urgencia impostergable), las ópticas y los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico.En tanto, también podrán volver a trabajar los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias.Por último, quedan exceptuadas la producción para la exportación y procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.“Las actividades y servicios mencionados en el artículo 1° quedan autorizados para funcionar, sujetos a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales”, indica la disposición.

En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus.

Además, los trabajadores implicados en estas actividades deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19.

Las provincias en las cuales se exceptuarán estas nuevas actividades son La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Misiones, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis y la Ciudad de Buenos Aires.

 

Qué ocurre en Gálvez

 

La Municipalidad envió a los medios un comunicado este domingo adhiriendo a esta determinación, añadiendo que, respecto a la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, que:
«a) SÓLO BAJO LA MODALIDAD DE ENTREGA A DOMICILIO. NINGÚN RUBRO HABILITADO EN ESTA NUEVA DECISIÓN ADMINISTRATIVA, PODRÁ ABRIR SUS PUERTAS PARA REALIZAR ATENCIÓN AL PÚBLICO.
b) LOS COMERCIOS QUE YA VENÍAN FUNCIONANDO CON ANTERIORIDAD A ESTA DECISIÓN ADMINISTRATIVA, SEGUIRÁN HACIÉNDOLO BAJO LA MISMA MODALIDAD QUE HASTA EL MOMENTO.
c) A EXCEPCIÓN DE LOS RUBROS ALIMENTICIOS Y DE FARMACIA, TODOS LOS DEMÁS RUBROS DEBERÁN ENTREGAR LOS PEDIDOS A DOMICILIO EN EL HORARIO DE 15.30 A 19:00 SIN EXCEPCIÓN».

Además, los locales deben:

? Es CONDICIÓN INDISPENSABLE para todas las actividades exceptuadas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, elevar al Ministerio de Trabajo de la Provincia (protocolocovid@santafe.gov.ar) y al Municipio de Gálvez (produccion@galvez.gov.ar, produccion1@galvez.gov.ar o controlurbano@gálvez.gov.ar, solo a uno de los tres), los Protocolos Sanitarios exigidos por el Gobierno de la Provincia con las correspondientes DDJJ de sus propietarios y empleados.
? Ningún comercio, empresa o prestador de servicio exceptuado del Aislamiento, podrá realizar sus actividades hasta tanto no haber recibido de parte del Gobierno de la Provincia, la aceptación del Protocolo presentado y la consecuente habilitación de nuestro Municipio.
? Todas las personas cuya actividad haya sido alcanzada por la presente Decisión Administrativa, deberán tramitar el Certificado Único de Circulación para poder asistir a sus actividades laborales y realizar la entrega de sus productos en domicilios particulares.
? Asimismo, deberán cumplimentar con los alcances del Decreto Municipal que regula el Uso del Barbijo Social.

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